Los recursos del Fondo de Compensación Interterritorial a que hace referencia el articulo 158.2 de la Constitución, serán distribuidos:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Por el Gobierno de la Nación entre las Comunidades Autónomas.
Por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.
Por el Gobierno de la Nación entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.
Por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas, provincias y municipios.
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