La situación especial en activo, regulada en el artículo 48 del Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo, ¿es aplicable al personal no sanitario?
Ejemplo de pregunta
Respuestas
En los mismos casos y con idénticos efectos que a aquéllos
Sólo si el personal no sanitario tiene formación académica de carácter sanitario
El personal no sanitario nunca puede encontrarse en situación especial en activo
Es facultad discrecional aplicarla a dicho personal por los Directores Gerentes
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