Los poderes públicos, respecto a las distintas confesiones religiosas (art. 16 de la Constitución Española):
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Garantizan sin limitación su manifestación.
Mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Todas tendrán carácter estatal.
Nadie podrá ser obligado a declarar salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares en tiempos de guerra.
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