Según el art. 67 de la ley 55/2003, en lo que se refiere a la concesión de excedencia voluntaria al personal estatutario, se puede hacer la siguiente afirmación:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
El tiempo mínimo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria será de tres años
No es preciso tiempo mínimo de permanencia
Puede concederse la excedencia voluntaria a quien esté sometido a un expediente disciplinario
Para obtener el pase a esta situación será preciso haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones públicas durante los cinco años inmediatamente anteriores
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