Según se desprende del artículo 37 de la constitución española de 1978, el "derecho a la negociación colectiva", significa para la constitución:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Que la ley sólo garantiza ese derecho entre los representantes de los trabajadores y empresarios
Que la ley sólo garantiza ese derecho entre los representantes de los trabajadores, empresarios y administración pública de su respectivo ámbito
Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto
La negociación colectiva sólo será obligatoria para los representantes de los trabajadores y empresarios cuando no les sea de aplicación lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, teniendo en cuenta el ámbito territorial y sectorial de la negociación
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