Según el artículo 8 de la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, respecto al consentimiento informado:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
El paciente puede revocar libremente por escrito su consentimiento en cualquier momento
El paciente solo puede revocar el consentimiento si el facultativo que le atiende le da el visto bueno
El paciente nunca puede revocar el consentimiento informado una vez firmado e iniciado el proceso asistencial
El paciente solo puede revocar el consentimiento informado previamente al inicio del proceso asistencial
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