Respecto del derecho a la información asistencial, el artículo 4 de la ley 41/2002 señala que:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Los pacientes no tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación sanitaria, toda la información disponible sobre la misma
Toda persona tiene derecho, si así lo estima oportuno su médico responsable, a que se respete su voluntad de no ser informada
La información, que como regla general se proporcionará por escrito, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sin entrar en más detalles
Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley
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