Los procedimientos para la promoción interna podrán realizarse a través de convocatorias específicas si así lo aconsejan razones de planificación o de eficacia en la gestión
Se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad y que serán establecidos previa negociación en las mesas correspondientes
En ningún caso el periodo de prueba podrá exceder de la mitad de la duración del nombramiento, si ésta está precisada en el mismo
Únicamente los requisitos exigidos para participar en los procesos selectivos para la promoción interna son: ostentar la titulación requerida y tener nombramiento como personal estatutario fijo durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia