Según el artículo 65 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acuerdo de iniciación de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, se notificará a los particulares presuntamente lesionados, para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean pertinentes para el reconocimiento del mismo concediéndoles un plazo de: